Concepto No. 5035 abril 2025 – Inpuesto sobre la Renta y complementarios

Documento de la DIAN) de Colombia, que trata sobre si las pensiones alimenticias pagadas a un hijo por un padre o madre en un proceso judicial se consideran ingresos gravados.

Conclusión principal: Sí, estas pensiones alimenticias se consideran ingresos gravados para el hijo que las recibe, porque aumentan su patrimonio neto y no están exentos de impuestos. Esto aplica incluso si el pago se realiza a través de un proceso judicial.

Explicación simplificada: El documento analiza si los pagos de manutención ordenados por un juez a un padre o madre para su hijo deben ser declarados como ingresos gravados. La DIAN concluye que sí, porque estos pagos: Aumentan el patrimonio del hijo: El dinero recibido representa un incremento en la riqueza del hijo. No están exentos: La ley colombiana no establece una excepción para este tipo de pagos.

El documento también distingue entre pagos voluntarios de manutención y aquellos ordenados por un juez. Aunque los pagos voluntarios pueden no considerarse ingresos gravados en todos los casos, los pagos ordenados judicialmente sí lo son. Esto se debe a que en este último caso, el pago representa el cumplimiento de una obligación legal y se considera una transacción financiera.

En resumen, si un padre o madre paga una pensión alimenticia a su hijo a través de una orden judicial, ese pago se considerará un ingreso gravable para el hijo…

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